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mayo  18, 2024

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Los elementos del delito culposo

Por Marco Antonio Terragni

“El error de tratar ambos conceptos (prudencia e imprudencia) como si expresasen lo mismo aparece ostensible si se tiene en cuenta que, para encontrar la frontera entre la prudencia y la imprudencia, así como entre la diligencia y la negligencia no hay más remedio que acudir a la experiencia; lo que ha ocurrido en circunstancias semejantes a las que dan pie a la indagación. Así se verá que difiere sustancialmente la conclusión de que sujetos que tuvieron que tomar decisiones –en el tránsito vial, por ejemplo- lo hicieron luego de reflexionar sobre lo que podía llegar a ocurrir y obraron sobre seguro (prudentes); en tanto que otros actuaron “a tontas y a locas” (imprudentes) provocando así un resultado lesivo. Algunos revisaron el estado de las luces de sus vehículos antes de emprender la marcha durante la noche (diligentes) en tanto que otros olvidaron controlar si todo el instrumental y las gasas utilizadas en una intervención quirúrgica habían sido retiradas del vientre luego de concluida (negligentes).”

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Términos mencionados en esta doctrina: imprudencia, negligencia, prudencia, delito, culposo, encontrar, diligencia, conceptos, experiencia, circunstancias.

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